miércoles, 13 de agosto de 2014

ANTE LOS SUCESOS DE NOTORIEDAD EN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO (ASSE)

1º La corrupción planteada a la Justicia es de inmensa gravedad
y desprestigia el esfuerzo realizado por los gobiernos del FA para mejorar la situación de la salud de la población, en primer lugar, los desprotegidos que ahora se atienden en hospitales de salud pública a los que se ha dotado de importantes recursos del presupuesto nacional.
Convocamos a nuestro gobierno a realizar el máximo esfuerzo para prevenir y corregir los hechos de corrupción que están en las antípodas de nuestra vocación transformadora. Y reconocemos que contribuyen al descenso de la intención de voto para las elecciones de octubre. Para reducir la condena pública no hay que agitar hechos de corrupción ocurridos en Intendencias departamentales dirigidas por los partidos tradicionales pues lo principal es nuestra conducta y la vigilancia para que no se repitan en áreas de nuestra responsabilidad.
2º El FA negó votos en el Parlamente para una Comisión Investigadora
sobre hechos denunciados en ASSE. Creemos que fue un error pues se trata de una instancia distinta que la investigación policial. No compartimos la postergación de la Comisión con el argumento de que no hubiera arrojado los resultados logrados en el desenmascaramiento de los hechos de corrupción. La investigación parlamentaria es una instancia legítima y propia del Poder Legislativo que debemos respetar, sin negar votos para formar todas las Comisiones que se soliciten. Debemos ser los más interesados en transparentar los hechos que competen a nuestro gobierno y especialmente, los de corrupción. Nuestra mayoría parlamentaria no está para impedir investigaciones ni permitir desviaciones de poder.
3º La demora en reglamentar la Ley N° 18.161 del 29/07/2007
que establece la participación de directores representativos de los trabajadores en ASSE es de nuestra responsabilidad. En adelante no deberíamos repetir iniciativas que luego fracasan por inconstitucionalidad o, como en éste caso, por incumplimiento del plazo de 6 meses establecido en la Ley.
4º Apoyamos la postergación del nombramiento del Director substituto
Se requiere previamente la reglamentación de la Ley. Resulta necesario que nuestro FA analice la experiencia ya realizada del relacionamiento de nuestro gobierno con los sindicatos de empleados públicos. 
5º Rechazamos toda medida que obstruya a la Justicia
Nuestro FA no debe quedar confundido en ninguna acción que intente incidir sobre el Poder Judicial.
6º La Ley Nº 18.161
ha de evidenciar sus bondades en los hechos. La Ley N° 18.161 creo ASSE como Servicio descentralizado y el ARTICULO 2o establece  que ASSE será dirigida y administrada por un Directorio compuesto de cinco miembros, quienes serán designados de conformidad con lo dispuesto por el inciso primero del Artículo 187 de la Constitución de la República, que establece que requerirán “venia de la Cámara de Senadores, otorgada sobre propuesta motivada en las condiciones personales, funcionales y técnicas…” (Uypress/Javier Paolino)
Es imprescindible cumplir con la Constitución de la República: los directores deben tener las condiciones exigidas para cumplir la función. Y este caso tan doloroso nos recomienda superar el procedimiento de cubrir cargos de gobierno sin cuidar la idoneidad, como nos sucede frecuentemente, por ejemplo, al cumplir cuotas políticas. Estamos a tiempo para mejorar la gestión en áreas de gobierno que hoy se manifiestan como una debilidad y provocan el desencanto de los frenteamplistas.

7º Aprobamos en general la Resolución de la Mesa Política sobre ASSE

31 de julio – aprobado en Asamblea por unanimidad de 11 participantes

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